lunes, 28 de diciembre de 2015

DAT - ENTREGADA EN TERMINAL

Introducción

Esta regla se utiliza con cualquier modo de transporte y también cuando se emplea más de un modo de transporte.

“Entregada en Terminal” significa que la empresa vendedora realiza la entrega cuando la mercancía, una vez descargada del medio de transporte de llegada, se pone a disposición de la empresa compradora en la terminal designada en el puerto o lugar de destino designados. “Terminal” incluye cualquier lugar, cubierto o no, como un muelle, almacén, estación de contenedores o terminal de carretera, ferroviaria o aérea.

La empresa vendedora corre con todos los riesgos que implica llevar la mercancía hasta la terminal en el puerto o en el lugar de destino designados y descargarla allí. Es recomendable que las partes especifiquen la terminal y, si cabe, un punto específico de la terminal en el puerto o lugar de destino acordado, puesto que los riesgos hasta dicho punto corren por cuenta del vendedor.


DAT exige que el vendedor despache la mercancía para la exportación, cuando sea aplicable. Sin embargo, el vendedor no tiene ninguna obligación de despacharla para la importación, pagar ningún derecho de importación o llevar a cabo ningún trámite aduanero de importación.

importaciones, exportaciones, imexco, 3pl
DAT - ENTREGADA EN TERMINAL



OBLIGACIONES DEL VENDEDOR

Son obligaciones del vendedor:

  • El vendedor debe suministrar la mercancía, la factura comercial y cualquier otra prueba requerida en el contrato.
  • Cuando sea aplicable, el vendedor debe obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de exportación y otra autorización oficial y llevar a cabo todos los trámites aduaneros necesarios para la exportación de la mercancía y para su transporte a través de cualquier país antes de la entrega.
  • El vendedor debe contratar a sus propias expensas el transporte de la mercancía hasta la terminal designada en el puerto o lugar de destino acordado. Si no se acuerda una terminal específica o no lo determina la práctica, el vendedor puede elegir la terminal en el puerto o lugar de destino acordado que mejor le convenga.
  • El vendedor no tiene ninguna obligación ante el comprador de formalizar un contrato de seguro. Sin embargo, el vendedor debe proporcionar al comprador, a petición, riesgo y expensas de este último, la información que el comprador necesite para obtener el seguro.
  • El vendedor debe descargar la mercancía de los medios de transporte de llegada y entregarla al comprador en la terminal designada en el contrato en la fecha acordada o dentro del plazo acordado
  • El vendedor corre con todos los riesgos de pérdida o daño causados a la mercancía hasta que se haya entregado.
  • El vendedor debe pagar todos los costos relativos a la mercancía hasta que se haya entregado y cuando sea aplicable, los costos de los trámites aduaneros necesarios para la exportación así como todos los derechos, impuestos y demás gastos pagaderos en la exportación y los costos de su transporte a través de cualquier país, antes de la entrega.
  • El vendedor debe dar aviso para permitir al comprador adoptar las medidas necesarias que permitan a este último proceder a la recepción de la mercancía.
  • El vendedor debe proporcionar al comprador el documento que permita proceder a la recepción de la mercancía.
  • El vendedor debe pagar los costos de las operaciones necesarias para la entrega la mercancía, así como los costos de cualquier inspección previa al embarque ordenada por las autoridades del país de exportación.
  • El vendedor debe, si es necesario,  embalar la mercancía de manera apropiada para su transporte, a menos que el comprador le haya notificado requisitos específicos de embalaje.
  • El vendedor debe, cuando sea aplicable, en el momento oportuno, proporcionar o prestar ayuda para obtener para el comprador, a petición, riesgo y expensas de este último, cualquier documento e información, incluyendo la información relacionada con la seguridad, que necesite para la importación de la mercancía y/o para su transporte hasta el destino final.
OBLIGACIONES DEL COMPRADOR

Son obligaciones del comprador:


  • El comprador debe pagar el precio de la mercancía según lo dispuesto en el contrato de compraventa.
  • Cuando sea aplicable, el comprador debe obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de importación u otra autorización oficial y llevar a cabo todos los trámites aduaneros para la importación de la mercancía.
  • El comprador no tiene ninguna obligación ante el vendedor de formalizar un contrato de transporte.
  • El comprador no tiene ninguna obligación ante el vendedor de formalizar un contrato de seguro. Sin embargo, el comprador debe proporcionar al vendedor, si se le pide, la información necesaria para obtener el seguro.
  • El comprador debe proceder a la recepción de la mercancía cuando el vendedor la haya descargado en el lugar designado.
  • El comprador corre con todos los riesgos de pérdida o daño causados a la mercancía desde el momento en que se haya entregado.
  • El comprador debe pagar todos los costos relativos a la mercancía desde el momento en que se haya entregado y cuando sea aplicable, los costos de los trámites aduaneros así como todos los derechos, impuestos y demás gastos pagaderos en la importación de la mercancía.
  • El comprador debe, siempre que tenga derecho a determinar el momento dentro de un plazo acordado y/o el punto para proceder a la recepción de la mercancía en la terminal designada, dar aviso suficiente de ello al vendedor.
  • El comprador debe aceptar el documento de entrega proporcionado por el vendedor, siempre y cuando se cumpla con el contrato.
  • El comprador debe pagar los costos de cualquier inspección obligatoria previa al embarque, excepto cuando dicha inspección sea ordenada por las autoridades del país de exportación.
  • El comprador debe avisar al vendedor, en el momento oportuno, de cualquier requisito de información sobre seguridad.
  • El comprador debe, cuando sea aplicable, en el momento oportuno, proporcionar o prestar ayuda para obtener para el vendedor, a petición, riesgo y expensas de este último, cualquier documento e información, incluyendo la información relacionada con la seguridad, que necesite para el transporte y exportación de la mercancía y para su transporte a través de cualquier país. 

Fuentes: Manual de Inconterms® 2010 de la Cámara de Comercio Internacional