lunes, 21 de diciembre de 2015

CIP - TRANSPORTE Y SEGURO PAGADOS HASTA


Introducción


“Transporte y Seguro Pagados Hasta” significa que el vendedor entrega la mercancía al porteador o a otra persona designada por el vendedor en un lugar acordado y que el vendedor debe contratar y pagar los costos del transporte necesario para llevar la mercancía hasta el lugar de destino. 

El vendedor también contrata la cobertura de seguro contra el riesgo del comprador de pérdida o daño causados a la mercancía durante el transporte. El comprador debería observar que en la regla CIP se exige al vendedor que obtenga el seguro sólo por una cobertura mínima. Si el comprador deseara tener más protección del seguro, necesitaría acordar con el vendedor las condiciones del mismo.

Esta regla tiene dos puntos críticos, porque el riesgo se transmite y los costos se transfieren en lugares diferentes. Es muy recomendable que las partes identifiquen en el contrato el lugar de entrega, donde el riesgo se transmite a la empresa compradora y el lugar de destino designado hasta el que la vendedora debe contratar el transporte. Si se utilizan varios porteadores para el transporte hasta el destino acordado y las partes no acuerdan un punto de entrega específico, la posición por defecto es que el riesgo se transmite cuando la mercancía se ha entregado al primer porteador en un punto a la entera elección de la empresa vendedora y sobre el que la compradora no tiene ningún control. 

Si las partes desearan que el riesgo se transmita en una etapa posterior se debe especificar en el contrato de compraventa. También se recomienda a las partes que identifiquen tan precisamente como sea posible el punto en el lugar de destino acordado, puesto que los costos hasta dicho punto son por cuenta del vendedor.

Se recomienda a la empresa vendedora que proporcione contratos de transporte que se ajusten con precisión a esta elección. Si la empresa vendedora incurre en costos según el contrato de transporte que estén relacionados con la descarga en el lugar de destino designado, no tiene derecho a recuperarlos de la compradora a menos que las partes lo acuerden de otro modo.

CIP exige que el vendedor despache la mercancía para la exportación, cuando sea aplicable. Sin embargo, el vendedor no tiene ninguna obligación de despacharla para la importación, pagar ningún derecho de importación o llevar a cabo ningún trámite aduanero de importación.

Costo y seguro pagado hasta


OBLIGACIONES DEL VENDEDOR


Son obligaciones del vendedor:

  • Suministrar la mercancía y la factura comercial de conformidad con el contrato de compraventa y cualquier otra prueba que pueda exigir el contrato.
  • Si es aplicable, el vendedor debe obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de exportación u otra autorización oficial y llevar a cabo todos los trámites aduaneros necesarios para la exportación de la mercancía y para su transporte a través de cualquier país antes de la entrega.
  • Contratar o proporcionar un contrato para el transporte de la mercancía desde el punto de entrega hasta el lugar de destino designado o, si se ha acordado, cualquier punto en dicho lugar.
  • El vendedor debe obtener, a sus propias expensas, un seguro de la carga que cumpla al menos con la cobertura mínima dispuesta por las cláusulas (C) de las Cláusulas de Carga del Instituto (LMA/IUA) u otras cláusulas similares. 
  • A petición del comprador, el vendedor deberá proporcionar, solicitada por el vendedor, y a expensas del comprador, toda cobertura adicional, si puede proporcionarse, tales como la cobertura proporcionada por las cláusulas (A) o (B) de las Cláusulas de Carga del Instituto (LMA/IUA) u otras cláusulas similares, y/o cobertura que cumpla con las Cláusulas de Guerra del Instituto y/o las Cláusulas de Huelga del Instituto (LMA/IUA) u otras cláusulas similares.
  • El seguro deberá cubrir, como mínimo, el precio dispuesto en el contrato más un 10% (esto es, el 110%) y deberá concertarse en la moneda del contrato.
  • El seguro deberá cubrir la mercancía desde el punto de entrega fijado hasta el lugar de destino designado.
  • El vendedor debe proporcionar al comprador la póliza de seguro u otra prueba de la cobertura del seguro.
  • El vendedor debe proporcionar al comprador, a petición, riesgo y expensas de este último, la información que el comprador necesite para proporcionar cualquier seguro adicional.
  • El vendedor debe entregar la mercancía poniéndola en poder del porteador contratado en la fecha acordada o dentro del plazo acordado.
  • El vendedor corre con todos los riesgos de pérdida o daño causados a la mercancía hasta que se haya entregado.
  • El vendedor debe pagar todos los costos relativos a la mercancía hasta que se haya entregado como se acuerda en el contrato.
  • El vendedor debe notificar al comprador que la mercancía se ha entregado al porteador cuando esto se haya realizado.
  • El vendedor debe dar al comprador todo aviso necesario para permitir a este adoptar las medidas que le permitan hacerse cargo de la mercancía.
  • A petición del comprador, el vendedor debe proporcionar los documentos del transporte contratado. Este documento de transporte debe cubrir la mercancía del contrato y estar fechado dentro del plazo acordado para el embarque.
  • El vendedor debe pagar los costos de las operaciones de verificación, tales como la comprobación de la calidad, medidas, pesos o recuentos, necesarias al objeto de entregar la mercancía, así como, los costos de cualquier inspección previa al embarque ordenada por las autoridades del país de exportación.
  • El vendedor debe embalar la mercancía de la manera apropiada para su transporte, a menos que el comprador le haya notificado requisitos específicos de embalaje antes de que haya concluido el contrato de compraventa. 
  • El vendedor debe proporcionar o prestar ayuda para obtener para el comprador, a petición, riesgo y expensas de este, cualquier documento e información que necesite para la importación de la mercancía y/o para su transporte hasta el destino final.
OBLIGACIONES DEL COMPRADOR

Son obligaciones del comprador:


  • El comprador debe pagar el precio de la mercancía según lo dispuesto en el contrato de compraventa.
  • Cuando sea aplicable, compete al comprador obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de importación u otra autorización oficial y llevar a cabo todos los trámites aduaneros para la importación de la mercancía y para su transporte a través de cualquier país.
  • El comprador no tiene ninguna obligación ante el vendedor de formalizar un contrato de transporte.
  • El comprador no tiene ninguna obligación de formalizar un contrato de seguro. Sin embargo, el comprador debe proporcionar, cualquier información necesaria para que el vendedor trámite cualquier seguro adicional solicitado por él.
  • El comprador debe proceder a la recepción de la mercancía cuando se haya entregado por parte del porteador en el lugar de destino designado.
  • El comprador corre con todos los riesgos de pérdida o daño causados a la mercancía desde el momento que la recibe.
  • El comprador debe pagar todos los costos relativos a la mercancía desde el momento que la recibe, excepto, los costos de los trámites aduaneros necesarios para la exportación, así como todos los derechos, impuestos y demás gastos.
  • Debe pagar todos los costos y gastos relativos a la mercancía mientras está en tránsito hasta su llegada al lugar de destino acordado, salvo que tales costos y gastos fueran por cuenta del vendedor según el contrato de transporte.
  • Asumir los costos de descarga, salvo que tales costos fueran por cuenta del vendedor según el contrato de transporte, asi como, cualquier costo adicional contraído.
  • Pagar todos los derechos, impuestos y demás gastos de los trámites aduaneros para importación de la mercancía y los costos de su transporte a través de cualquier país, salvo que estén incluidos en el costo del contrato de transporte.
  • El comprador debe pagar los costos de cualquier seguro adicional solicitado por él.
  • El comprador debe, siempre que tenga derecho a determinar el momento de expedición de la mercancía, el lugar de destino designado o el punto de recepción de la mercancía en dicho lugar.
  • El comprador debe aceptar el documento de transporte proporcionado si está en conformidad con el contrato.
  • El comprador debe pagar los costos de cualquier inspección obligatoria previa al embarque, excepto cuando dicha inspección sea ordenada por las autoridades del país de exportación.
  • El comprador debe avisar al vendedor cualquier requisito de información sobre seguridad de manera que este pueda cumplir con cualquier requisito adicional.
  • El comprador debe reembolsar al vendedor todos los costos y gastos en que este último haya incurrido al proporcionar o prestar ayuda para obtener documentos e información adicionales. 
Fuentes: Manual de Inconterms® 2010 de la Cámara de Comercio Internacional