viernes, 20 de noviembre de 2015

EXW - EN FÁBRICA


Esta regla se puede utilizar independientemente del modo de transporte seleccionado. “En Fábrica” quiere decir que el vendedor realiza la entrega de la mercancía en sus instalaciones (taller, fábrica, almacén, etc.).

No es obligación del vendedor cargar la mercancía en ningún vehículo de recogida, ni tampoco despacharla para la exportación. Solo debe especificar claramente el lugar de entrega. Después de ser entregada, los costos y riesgos corren a cuenta del comprador.

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PARA TENER EN CUENTA

La siguiente información es de suma importancia para una negociación EXW:

  • El vendedor no tiene la obligación de cargar la mercancía. Si el vendedor la carga, lo hace bajo la responsabilidad del comprador.
  • El comprador que adquiere mercancía en condiciones EXW para exportar, debe saber que el vendedor proporciona sólo la ayuda que el comprador pueda requerir para efectuar dicha exportación: el vendedor no está obligado a organizar el despacho de exportación.
  • El comprador no tiene la obligación de suministrar al vendedor información relacionada con la exportación de la mercancía. Sin embargo, en casos que sea necesario, el vendedor puede necesitar esta información para temas legales.


OBLIGACIONES DE LAS PARTES

VENDEDOR

  • El vendedor siempre debe suministrar junto a la mercancía la factura comercial y documentos soporte de la compra.
  • Si es necesario para el procedimiento de exportación el vendedor debe aportar licencias, autorizaciones, acreditaciones de seguridad y otras formalidades a petición y bajo la responsabilidad del comprador.  
  • El vendedor no tiene ninguna obligación de formalizar un contrato de transporte.
  • El vendedor no tiene ninguna obligación de formalizar un contrato de seguro. Sin embargo, debe proporcionar a petición del comprador la información necesaria para obtener uno.
  • El vendedor debe entregar la mercancía en el punto acordado, en el lugar de entrega designado y no cargada en ningún vehículo de recogida.
  • Si no se ha acordado un punto de entrega designado y si hay varios puntos disponibles, el vendedor puede elegir el punto de su conveniencia.
  • El vendedor corre con todos los riesgos de pérdida o daño causados a la mercancía hasta que se haya entregado.
  • El vendedor debe pagar todos los costos relativos a la mercancía hasta que se haya entregado
  • El vendedor debe dar al comprador todo aviso necesario que permita al comprador proceder a la recepción de la mercancía.


COMPRADOR

  • El comprador debe pagar el precio de la mercancía según lo acordado entre las partes.
  • Si es necesario el comprador debe tramitar licencias, autorizaciones, acreditaciones de seguridad y otras formalidades, bajo su responsabilidad. Además debe responsabilizarse de todos los trámites aduaneros para la exportación de la mercancía.
  • El comprador no tiene ninguna obligación ante el vendedor de formalizar un contrato de transporte.
  • El comprador no tiene ninguna obligación ante el vendedor de formalizar un contrato de seguro.
  • El comprador debe proceder a la recepción de la mercancía cuando se hayan cumplido todos los acuerdos entre las partes.
  • El comprador corre con todos los riesgos de pérdida o daño causados a la mercancía desde el momento que los recibe. 

El vendedor entrega la mercancía directamente al comprador en sus propias instalaciones. Es la regla que menos obliga al vendedor, incluso los trámites aduaneros de exportación son por cuenta del comprador.

La mercancía debe estar embalada y etiquetada, dispuesta para el medio de transporte elegido por el comprador. El comprador se hace cargo de todos los gastos desde el momento de la entrega, incluso de la carga en el vehículo que tenga previsto.

Fuentes: Manual de Inconterms® 2010 de la Cámara de Comercio Internacional /Wikipedia.org


jueves, 12 de noviembre de 2015

Introducción a los Inconterms®

imexco3pl





¿Qué son los Incoterms®?

Son un conjunto de términos comerciales creados por la Cámara de Comercio Internacional, (CCI),  que determinan las negociaciones entre empresas.

¿Cómo funcionan?

Las reglas Incoterms® describen las tareas, costos y riesgos que implica la entrega de mercancías de la empresa vendedora a la compradora.

¿Por qué se escribe Incoterms®?

Se escribe Incoterms®  porque es una marca registrada mundialmente por la CCI.

¿Cada cuanto se actualizan los Inconterms®?

No hay un tiempo determinado de actualización. La CCI se ha encargado desde 1936 de la elaboración y actualización de estos términos, de acuerdo con los cambios que va experimentando el Comercio Internacional. En su historia los términos han tenido 8 revisiones (1945, 1953, 1967, 1976, 1980, 1990, 2000 y 2010), siendo la última la que se encuentra en vigencia.

¿Cómo utilizar las reglas Inconterms®?

Al realizar su contrato de compraventa, oral o escrito, señale la regla Inconterms® a utilizar. Trate de ser muy especifico con la regla a manejar para que no se presente malos entendidos entre los negociadores. Recuerde que los Inconterms® determinan las obligaciones de las partes en la compra y venta de mercancías.

¿Cuáles son las reglas Inconterms®?

De acuerdo a la última actualización de 2010 los términos Inconterms® vigentes son:

REGLAS PARA CUALQUIER MODO DE TRANSPORTE

EXW: En fábrica.
FCA: Franco Porteador.
CPT: Transporte pagado hasta.
CIP: Seguro y transporte pagado hasta.
DAT: Entregada en Terminal.
DAP: Entregada en lugar.
DDP: Entregada derechos pagados.

 REGLAS PARA TRANSPORTE MARITIMO Y VÍAS NAVEGABLES

FAS: Franco al costado del buque
FOB: Franco a Bordo
CFR: Costo y Flete
CIF: Costo, Seguro y Flete

En nuestra próxima entrega comenzaremos a detallar cada uno de los términos Inconterms® para aclarar las dudas de nuestros lectores. Es preciso decir, que las reglas Inconterms® no son un contrato de Compraventa especifico ya que en ellos no se dice nada acerca del monto a pagar por la mercancía y el método de pago de las mismas. Tampoco se ocupan de la transmisión de la propiedad de la mercancía ni de las consecuencias del incumplimiento del contrato.

Para asesorías en el tema, contáctenos a través del Fan Page en Facebook Imexco3PL, en Twitter @imexco3pl o muy pronto a través de nuestra página web www.imexco3pl.com

Fuentes: Manual de Inconterms® 2010 de la Cámara de Comercio Internacional /Wikipedia.org