jueves, 28 de enero de 2016

¿Qué es un NVOCC?

Foto tomada por Imexco3PL

NVOCC viene del acrónimo ingles Non Vessel Operating Common Carrier, y se refiere a una persona natural o jurídica que provee servicios de consolidación de carga para luego ser transportada por vía marítima, a través de reserva de espacio para carga en un barco en representación del consignatario de buques.
Se puede decir que un NVOCC es una persona o empresa que no posee barcos ni los opera, sin embargo ha adquirido el derecho a cierto espacio para transportar carga en un barco, lo que le permite utilizarlo para transportar su propia carga o venderlo a otros dueños de carga si lo necesitan.
Una de sus principales funciones es consolidar carga de varios pequeños productores que necesitan transportarla y no requieren pagar por un contenedor completo, entonces se acercan a un NVOCC para que les transporte un consolidado de carga. El NVOCC se encarga de llenar el contenedor y enviarlo. Además también se encargan de procesar la documentación, pues puede emitir Conocimientos de Embarque (BL) y otras actividades relacionadas con los envíos de carga.
Algunos NVOCC negocian con las líneas navieras grandes espacios de barcos para transportar carga por un determinado tiempo a un precio fijo, lo cual puede ser peligroso o beneficioso para ellos, dependiendo de la fluctuación de los precios de los fletes marítimos en el mercado.
Si el NVOCC compra fletes por 100 pero los precios en el mercado disminuyen por debajo de estos 100, no podrá cobrar a sus clientes mas de 100 lo cual le producirá perdidas. Por el contrario, si los precios del mercado aumentan muy por encima de 100, el NVOCC podrá cobrar mas de 100 asegurando su ganancia.
Información tomada de: www.fullavantenews.com

lunes, 25 de enero de 2016

DDP - ENTREGADA DERECHOS PAGADOS


Inconterms
Introducción

“Entregada Derechos Pagados” significa que el vendedor entrega la mercancía cuando ésta se pone a disposición del comprador, despachada para la importación en los medios de transporte de llegada,o preparada para la descarga en el lugar de destino designado. La empresa vendedora corre con todos los costos y riesgos que implica llevar la mercancía hasta el lugar de destino y tiene la obligación de despacharla, no sólo para la exportación, sino también para la importación, de pagar cualquier derecho de exportación e importación y de llevar a cabo todos los trámites aduaneros.

La regla DDP representa la máxima obligación para la empresa vendedora.Es recomendable que las partes especifiquen el punto en el lugar de destino acordado, puesto que los costos y riesgos hasta dicho punto son por cuenta del vendedor. También, se recomienda al vendedor que proporcione contratos de transporte que se ajusten con precisión a esta elección. Si el vendedor incurre en costos según el contrato de transporte que estén relacionados con la descarga en el lugar de destino, no tiene derecho a recuperarlos del comprador a menos que las partes lo acuerden de otro modo.

Se recomienda a las partes que no utilicen DDP si la empresa vendedora no puede, directa o indirectamente, conseguir el despacho de importación. Si las partes desean que la empresa compradora corra con todos los riesgos y costos del despacho de importación, debería utilizarse la regla DAP.

El IVA o cualquier otro impuesto pagadero a la importación son por cuenta de la empresa vendedora a menos que expresamente se acuerde de otro modo en el contrato de compraventa. 

OBLIGACIONES DEL VENDEDOR

Son obligaciones del vendedor:

  • El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura comercial de conformidad con el contrato de compraventa y cualquier otra prueba de conformidad que pueda exigir el contrato.
  • El vendedor no tiene ninguna obligación ante el comprador de formalizar un contrato de seguro. Sin embargo, el vendedor debe proporcionar al comprador, a petición, la información que el comprador necesite para obtener el seguro. 
  • El vendedor debe entregar la mercancía poniéndola a disposición del comprador en los medios de transporte de llegada preparada para la descarga en el punto acordado o en el lugar de destino designado.
  • Cuando sea aplicable, el vendedor debe obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de exportación e importación y otra autorización oficial y llevar a cabo todos los trámites aduaneros necesarios para la exportación de la mercancía, para su transporte a través de cualquier país y para su importación.
  • El vendedor debe contratar a sus propias expensas el transporte de la mercancía hasta el lugar de destino designado, hasta el punto acordado o hasta el lugar de destino designado. Si no se acuerda un punto específico el vendedor puede elegir el punto en el lugar de destino designado que mejor le convenga.
  • El vendedor no tiene ninguna obligación ante el comprador de formalizar un contrato de seguro. Sin embargo, el vendedor debe proporcionar al comprador, a petición, la información que el comprador necesite para obtener el seguro.
  • El vendedor debe entregar la mercancía al comprador en los medios de transporte de llegada preparada para la descarga en el punto acordado, o en el lugar de destino designado. 
  • El vendedor corre con todos los riesgos de pérdida o daño causados a la mercancía hasta que se haya entregado.
  • El vendedor debe pagar todos los costos relativos a la mercancía hasta que se haya entregado y cualquier gasto de descarga en el lugar de destino que fuera por cuenta del vendedor según el contrato de transporte.
  • Cuando sea aplicable, el vendedor debe pagar los costos de los trámites aduaneros necesarios para la exportación y la importación de la mercancía, asi como, los costos de su transporte a través de cualquier país antes de la entrega.
  • El vendedor debe dar todo aviso necesario para permitir al comprador adoptar las medidas que le permitan proceder a la recepción de la mercancía.
  • El vendedor debe proporcionar al comprador el documento que le permita proceder a la recepción de la mercancía. 
  • El vendedor debe pagar los costos de las operaciones de verificación, tales como la comprobación de la calidad, medidas, pesos o recuentos, así como los costos de cualquier inspección previa al embarque ordenada por las autoridades del país de exportación o de importación.
  • El vendedor debe embalar la mercancía de la manera apropiada para su transporte, a menos que el comprador le haya notificado requisitos específicos de embalaje antes de que haya concluido el contrato de compraventa.
  • El vendedor debe, si es necesario, proporcionar o prestar ayuda al vendedor para obtener cualquier documento e información que necesite para el transporte de la mercancía hasta el destino final, desde el lugar de destino designado.
OBLIGACIONES DEL COMPRADOR

Son obligaciones del comprador:

  • Pagar el precio de la mercancía según lo dispuesto en el contrato de compraventa.
  • Cuando sea aplicable, el comprador debe proporcionar ayuda al vendedor para obtener cualquier licencia u otra autorización oficial para la importación de la mercancía.
  • El comprador no tiene ninguna obligación ante el vendedor de formalizar un contrato de transporte.
  • El comprador no tiene ninguna obligación ante el vendedor de formalizar un contrato de seguro. Sin embargo, el comprador debe proporcionar a petición, la información necesaria para obtener el seguro. 
  • El comprador debe proceder a la recepción de la mercancía cuando se haya entregado por parte del vendedor.
  • El comprador corre con todos los riesgos de pérdida o daño causados a la mercancía desde el momento en que la haya recibido. 
  • El comprador debe pagar todos los costos relativos a la mercancía desde el momento en que la haya recibido y los costos de descarga necesarios para proceder a la recepción de la mercancía desde los medios de transporte de llegada en el lugar de destino designado.
  • El comprador debe dar aviso al vendedor, siempre que tenga derecho, el punto para proceder a la recepción de la mercancía.
  • El comprador debe aceptar la prueba de la entrega de la mercancía proporcionada por el vendedor.
  • El comprador no tiene ninguna obligación ante el vendedor de pagar los costos de cualquier inspección obligatoria previa al embarque ordenada por las autoridades del país de exportación o de importación.
  • El comprador debe avisar al vendedor, en el momento oportuno, de cualquier requisito de información sobre seguridad.
  • El comprador debe reembolsar al vendedor todos los costos y gastos en que este último haya incurrido al proporcionar o prestar ayuda para obtener documentos e información adicional al contrato de compraventa.


Fuentes: Manual de Inconterms® 2010 de la Cámara de Comercio Internacional

martes, 19 de enero de 2016

LOGISTICA DE MERCANCIAS





En Imexco 3PL somos especialistas en logística. Nuestra fortaleza es participar en toda la dinámica de importación, actuando como el departamento de Comercio Internacional de su empresa. Nos encargamos del manejo de sus mercancías desde la producción en fábrica hasta el descargue en sus bodegas o lugar designado. 

Nuestra experiencia respalda la gestión que desde hace más de 5 años nos ha ido posicionando como referentes en el mercado colombiano. 

Encuentranos en redes sociales como imexco3pl o siguenos en www.imexco3pl.com 

Somos la llave del Comercio Internacional.  

martes, 12 de enero de 2016

DAP - ENTREGADA EN LUGAR

Introducción

Esta regla Inconterms puede utilizarse con independientemente del tipo de transporte seleccionado y también puede usarse cuando se emplea más de un modo de transporte.

“Entregada en Lugar” significa que la empresa vendedora realiza la entrega cuando la mercancía se pone a disposición de la compradora en el medio de transporte de llegada preparada para la descarga en el lugar de destino designado. La empresa vendedora corre con todos los riesgos que implica llevar la mercancía hasta dicho lugar.

Es recomendable que las partes especifiquen el punto en el lugar de destino acordado, puesto que los riesgos hasta dicho sitio son por cuenta del vendedor. Se recomienda al vendedor que proporcione los contratos de transporte que se ajusten con precisión a esta elección. Si el vendedor incurre en costos según el contrato de transporte que estén relacionados con la descarga en el lugar de destino, no tiene derecho a recuperarlos del comprador a menos que las partes lo acuerden de otro modo.

DAP exige que el vendedor despache la mercancía para la exportación, cuando sea aplicable. Sin embargo, el vendedor no tiene ninguna obligación de despacharla para la importación, pagar ningún derecho de importación o llevar a cabo ningún trámite aduanero de importación. Si las partes desean que el vendedor despache la mercancía para la importación, pague cualquier derecho de importación o lleve a cabo cualquier trámite aduanero de importación, debería utilizarse el término DDP.

OBLIGACIONES DEL VENDEDOR

Son obligaciones del vendedor:

  • El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura comercial de conformidad con el contrato de compraventa y cualquier otra prueba de conformidad que pueda exigir el contrato.
  • Cuando sea aplicable, el vendedor debe obtener cualquier licencia de exportación y otra autorización oficial para llevar a cabo todos los trámites aduaneros necesarios para la exportación de la mercancía y para su transporte a través de cualquier país antes de la entrega.
  • El vendedor debe contratar transporte de la mercancía hasta el lugar de destino designado o hasta el punto acordado.
  • El vendedor no tiene ninguna obligación de formalizar un contrato de seguro. Sin embargo, el vendedor debe proporcionar al comprador, la información que el comprador necesite para obtener un seguro.
  • El vendedor debe entregar la mercancía poniéndola a disposición del comprador en los medios de transporte de llegada preparada para la descarga en el lugar de destino designado en la fecha acordada o dentro del plazo acordado.
  • El vendedor corre con todos los riesgos de pérdida o daño causados a la mercancía hasta que se haya entregado la mercancía.
  • El vendedor debe pagar todos los costos relativos a la mercancía hasta que se haya entregado, esto incluye, los costos de los trámites aduaneros, derechos, impuestos y demás gastos pagaderos en la exportación y los costos de su transporte a través de cualquier país.
  • El vendedor debe dar todo aviso necesario para permitir al comprador adoptar las medidas normalmente necesarias que permitan a este último proceder a la recepción de la mercancía.
  • El vendedor debe proporcionar al comprador los documentos que le permitan proceder a la recepción de la mercancía.
  • El vendedor debe pagar los costos de las operaciones de verificación, tales como la comprobación de la calidad, medidas, pesos o recuentos, necesarias al objeto de entregar la mercancía, así como los costos de cualquier inspección previa al embarque ordenada por las autoridades del país de exportación.
  • El vendedor debe embalar la mercancía de manera apropiada para su transporte, sin embargo, si el comprador notifica requisitos específicos de embalaje se deben llevar a cabo por parte del vendedor.
  • El vendedor debe proporcionar o prestar ayuda al comprador para obtener, a petición, riesgo y expensas de este último, cualquier documento e información, incluyendo la información relacionada con la seguridad, que se necesite para la importación de la mercancía y/o para su transporte hasta el destino final.

OBLIGACIONES DEL COMPRADOR

Son obligaciones del comprador:

  • Pagar el precio de la mercancía según lo dispuesto en el contrato de compraventa.
  • Cuando sea aplicable, el comprador debe obtener, cualquier licencia de importación u otra autorización oficial y llevar a cabo todos los trámites aduaneros
  • para la importación de la mercancía.
  • El comprador no tiene ninguna obligación ante el vendedor de formalizar un contrato de transporte.
  • El comprador no tiene ninguna obligación ante el vendedor de formalizar un contrato de seguro. Sin embargo, el comprador debe proporcionar al vendedor, si se le pide, la información necesaria para obtener el mismo.
  • El comprador debe proceder a la recepción de la mercancía cuando se haya entregado en el lugar acordado.
  • El comprador corre con todos los riesgos de pérdida o daño causados a la mercancía desde el momento que la haya recibido.
  • El comprador debe pagar todos los costos relativos a la mercancía desde el momento que la haya recibido en el lugar de destino designado, salvo que tales costos fueran por cuenta del vendedor según el contrato de transporte. También deberá pagar  los costos de los trámites aduaneros, derechos, impuestos y demás gastos pagaderos en la importación de la mercancía.
  • El comprador debe, siempre que tenga derecho a determinar el momento dentro de un plazo acordado y/o el punto para proceder a la recepción de la mercancía en el lugar de destino designado, dar aviso suficiente de ello al vendedor.
  • El comprador debe aceptar el documento de entrega proporcionado por el vendedor.
  • El comprador debe pagar los costos de cualquier inspección obligatoria previa al embarque, excepto cuando dicha inspección sea ordenada por las autoridades del país de exportación.
  • El comprador debe proporcionar o prestar ayuda al vendedor para obtener a petición, riesgo y expensas de este último, cualquier documento e información, incluyendo la información relacionada con la seguridad, que el vendedor necesite para el transporte y exportación de la mercancía y para su transporte a través de cualquier país.

Fuentes: Manual de Inconterms® 2010 de la Cámara de Comercio Internacional