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Operación de transporte multimodal (OTM)
Transporte de mercancía utilizando, al menos dos modos
de transporte diferentes, cubierto por un contrato de
transporte multimodal, desde un sitio en un país donde el
operador de transporte multimodal se encarga de ellas,
hasta un sitio designado para entrega, situado en un país
diferente.
Aplica para operaciones de Importación.
Declaración de tránsito aduanero
Es cuando la carga viaja en tránsito, con suspensión de
tributos aduaneros, desde el puerto de entrada, hacia una
ciudad en el interior del país o un puerto de salida configurándose la operación.
Aplica para operaciones de Importación y Exportación.
Responsabilidades
OTM
• El OTM asume frente al usuario una
responsabilidad total por el movimiento de la mercancía desde el
puerto de arribo hasta el destino final. • La carga llega a una zona franca o
un depósito habilitado privado. • Es responsabilidad de operador del
OTM, presentarlo y verificar su cierre
con el depósito habilitado o zona
franca.
DTA
• Se puede dar en las modalidades
de cabotaje y transbordo. • La carga llega solo a zona franca. • Intervienen varios entes para la
realización de la operación. • La responsabilidad durante la
operación es compartida entre el
cliente, la SIA y el transportador
terrestre. • Para las mercancías que se
sometan al régimen de tránsito
aduanero nacional, se deberá presentar una declaración aduanera a
través de los Servicios Informáticos
Electrónicos, dentro del término previsto en el artículo 225. • Es responsabilidad de la agencia
de aduana presentarlo, y la transportadora es quien lo cierra.
Documentación
OTM
1. BL original 2. Certificado de seguro de la mercancía o póliza global del importador si
este la tiene. 3. Factura comercial. 4. Continuación de viaje realizada
desde la zona primaria donde queda
reportado en los sistemas de la DIAN,
reflejando la información y el tiempo
máximo de tránsito para que este
OTM llegue al destino acordado. 5. Documentación de la empresa certificada transportadora del OTM. 6. Certificados sanitarios y fitosanitarios expedidos por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y
Alimentos – INVIMA o el Instituto
Colombiano Agropecuario – ICA y
aquellos otros documentos exigidos
por normas especiales cuando hubiera lugar.
DTA
1. Documentos de transporte. 2. Factura comercial o el documento
que acredite la operación comercial
para el evento en que la mercancía no
haya sido objeto de una venta. 3. Certificados sanitarios y fitosanitarios expedidos por el Instituto Nacional
de Vigilancia de Medicamentos y
Alimentos – INVIMA o el Instituto
Colombiano Agropecuario – ICA y
aquellos otros documentos exigidos
por normas especiales cuando hubiera lugar. 4. Mandato cuando la declaración la
presente una agencia de aduanas
Remesa y carta de responsabilidad,
donde conste que el transportador
nacional autoriza a un medio de transporte para realizar la operación de
tránsito.
Operaciones permitidas
OTM
- Importaciones ordinarias
DTA
- Importación para la transformación
o ensamble. - Importación temporal para perfeccionamiento activo de bienes de capital. - Importación temporal en desarrollo
de sistemas especiales de exportación-importación. - Importación temporal para procesamiento industrial.
Restricciones Tránsito Aduanero
Se prohíben los tránsitos aduaneros de armas, explosivos, productos precursores para la fabricación de
estupefacientes, residuos nucleares o desechos tóxicos
o demás mercancías sobre las cuales exista restricción
legal o administrativa para realizar este tipo de operaciones.
Medios de
Transporte
Transporte Ferroviario: Es poco utilizado por sus limitaciones, aunque
la flexibilidad de sus vagones favorece la adecuación para los tipor de
carga. Transporte Terrestre: Estos vehículos se pueden adaptar a cualquier
tipo de carga y su gran ventaja es la capacidad de penetración. Transporte Marítimo: Son buques que transportan contenedores para
diferentes tipos de carga. Transporte Aéreo: Por su costo elevado, tiene mayor uso en transporte de perecederos o productos de alto valor.
Ejecución de la Operación de
Tránsito Aduanero
- Los medios de transporte deberán usar las rutas más
directas entre la Aduana de partida y la de destino. - Los precintos que coloque la autoridad aduanera o que
vengan puestos desde el país de procedencia deberán permanecer intactos hasta la terminación de la modalidad.
Fuente: jupiterdecolombia.com |